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El PRINE @INEMexico amenaza con cárcel a quien llame a no votar

De 50 a 100 días de multa y prisión de seis meses hasta tres años, serán impuestos a quien a partir de hoy, que inicia la campaña electoral y hasta el día de la jornada comicial (7 de junio), llame a no votar por un candidato, partido político o coalición, de acuerdo con la reforma político-electoral que se aprobó el año pasado.




El Instituto Nacional Electoral (INE) en el estado alertó sobre esta conducta que se puede encontrar en el supuesto de un delito electoral establecido en la nueva Ley General de Delitos Electorales.

Alejandro Scherman Leaño, vocal ejecutivo de la Junta Local del INE en Chihuahua, dijo que si bien el derecho de expresión está garantizado, se debe respetar a los actores políticos que participan en la contienda.

“Dentro de las modificaciones a la ley, quien llame al abstencionismo, a no votar en contra de un partido político o candidato, se puede encontrar en el supuesto de un delito electoral y seguramente la Fepade estará muy atenta de este asunto”, indicó.

Explicó que la instancia encargada de atender lo relativo a los delitos electorales es la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade) de la Procuraduría General de la República (PGR).

Agregó que esta nueva figura delictiva no sólo aplica para los funcionarios o gente que maneja recursos públicos que eventualmente puedan condicionar o no un servicio o un programa social a cambio de votar a favor o en contra o llamar a no votar, sino también a los ciudadanos en general y grupos.

“Es una de las novedades que incorporó el legislador... hay que atender cada caso en particular, si alguien se queja se tiene que revisar”, mencionó Scherman Leaño.

De manera textual, la Ley General de Delitos Electorales establece en el artículo 7, numeral séptimo, como delito electoral a quien “solicite votos por paga, promesa de dinero u otra contraprestación, o bien mediante violencia o amenaza, presione a otro a asistir a eventos proselitistas, o a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición, durante la campaña electoral, el día de la jornada electoral o en los tres días previos a la misma”.

Anteriormente los delitos electorales se encontraban incluidos en el Código Penal Federal, en un capítulo único incluido en el Título Vigésimo cuarto, donde se mencionaba que era motivo de sanción a quien “solicite votos por paga, dádiva, promesa de dinero u otra recompensa durante las campañas electorales o la jornada electoral”, pero no se mencionaba la promoción del abstencionismo ni de votos a favor o en contra.

Para los servidores públicos la ley indica que “se sancionará a quien amenace con suspender los beneficios de programas sociales, ya sea por no participar en eventos proselitistas, o bien, para la emisión del sufragio en favor de un candidato, partido político o coalición; o a la abstención del ejercicio del derecho de voto o al compromiso de no votar a favor de un candidato, partido político o coalición.

Hasta hace unas semanas algunas figuras públicas se habían pronunciado a favor de no votar en los comicios de este año o anular el sufragio, como es el caso del dirigente del Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad, Javier Sicilia, y de los sacerdotes Alejandro Solalinde y Miguel Concha, quienes argumentaron que ir a las urnas es avalar a partidos corruptos o incluso ligados con el crimen organizado.

También los padres y los compañeros de los 43 estudiantes normalistas de Ayotzinapa desaparecidos en septiembre del año pasado llamaron a no votar en los comicios de este año.

Con información de El Diario de Juárez

Anon Hispano

Colectivo ciudadano de información y análisis. Google